Pasos para solicitar un permiso de trabajo en Estados Unidos y trabajar legalmente como extranjero.
Obtener el Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés) es crucial para quienes viajan a Estados Unidos en busca de mejores oportunidades laborales. Este permiso de trabajo es el que exigen los empleadores estadounidenses para poder contratar legalmente a extranjeros que no son ciudadanos ni residentes permanentes.
Trabajar formalmente en Estados Unidos ofrece numerosas ventajas, como mayores posibilidades de ascenso, acceso a mejores puestos y la oportunidad de encaminar más adelante un cambio de estatus migratorio, entre otros beneficios.
¿Quién puede solicitar el EAD?
El Formulario I-765 no es exclusivo de un solo tipo de persona migrante: existen decenas de categorías de elegibilidad distintas, identificadas por USCIS con un código de dos letras y un número (por ejemplo, (c)(8) para solicitantes de asilo o (c)(9) para quienes tienen pendiente un ajuste de estatus). Entre las categorías más comunes están:
- Personas con una solicitud de asilo pendiente ante USCIS o en corte migratoria.
- Beneficiarios del Estatus de Protección Temporal (TPS) de un país designado.
- Cónyuges de titulares de ciertas visas de trabajo (por ejemplo, H-4 en algunos casos, o L-2).
- Personas con un ajuste de estatus (Formulario I-485) en trámite.
- Beneficiarios de Acción Diferida, como DACA, mientras el programa siga vigente.
Identificar correctamente tu categoría es el paso más importante del trámite, porque de ella depende tanto la tarifa que debes pagar como la documentación de soporte que USCIS te va a exigir.
Requisitos
Para solicitar el EAD mediante el Formulario I-765 (Application for Employment Authorization) necesitas:
- Estar dentro de una categoría de elegibilidad reconocida por USCIS (por ejemplo, solicitante de asilo, beneficiario de TPS, cónyuge de cierta visa, residente condicional, entre otras).
- Contar con un número de registro de extranjero (número A) si ya tienes un caso migratorio abierto.
- Dos fotografías tipo pasaporte recientes, salvo que ya tengas registrados tus datos biométricos con USCIS.
- Copia de tu identificación y de la documentación que acredite tu categoría de elegibilidad (notificación de aprobación, comprobante de solicitud de asilo, designación de TPS, etc.).
- Pagar la tarifa de presentación correspondiente, salvo que tu categoría esté exenta.
Paso a paso para solicitar el permiso de trabajo (I-765)
- Lee con cuidado las instrucciones oficiales del Formulario I-765 en el sitio de USCIS para confirmar cuál es tu categoría de elegibilidad exacta.
- Completa el formulario en línea a través de tu cuenta USCIS o en papel, según tu categoría lo permita.
- Reúne y adjunta toda la evidencia y documentación de respaldo requerida (identificación, comprobante de tu estatus migratorio, fotografías).
- Paga la tarifa de presentación, si tu categoría no está exenta, y guarda el comprobante de pago.
- Envía tu solicitud o confírmala en línea; USCIS te enviará un aviso de recibo (Formulario I-797C) con tu número de caso.
- Si te lo solicitan, acude a tu cita de datos biométricos (huellas dactilares y fotografía).
- Da seguimiento a tu caso en línea, en egov.uscis.gov/processing-times, con tu número de recibo.
Costos y tiempos
| Concepto | Detalle 2026 |
|---|---|
| Tarifa estándar (presentación en línea) | US$470 |
| Tarifa estándar (presentación en papel) | US$520 |
| EAD inicial para solicitantes de asilo (categoría c8) | US$550 |
| Renovación de EAD por asilo (categoría c8) | US$275 |
| Tiempo de espera promedio | Más de 6 meses para la mayoría de las categorías; hasta 20 meses en casos específicos |
| TPS | Aproximadamente 3 a 6 meses, con extensiones automáticas mientras se resuelve |
| Asilo | Aproximadamente 6 a 12 meses; puedes solicitar el EAD 150 días después de presentar tu solicitud de asilo si no hay resolución |
Algunas categorías (como ciertos solicitantes de asilo o quienes ya pagaron la tarifa del Formulario I-485) pueden estar exentas de pago. Si no puedes cubrir la tarifa, existe la opción de solicitar una exención mediante el Formulario I-912, presentando evidencia de dificultad económica. Estos montos y plazos cambian con cierta frecuencia, así que confirma el dato vigente en uscis.gov/forms/filing-fees antes de pagar.
Errores comunes
- Pagar la tarifa incorrecta por no identificar bien tu categoría de elegibilidad dentro del formulario.
- Enviar el formulario sin firmar o con datos que no coinciden con tu identificación oficial.
- No renovar el EAD con anticipación: se recomienda iniciar el trámite de renovación hasta 180 días antes del vencimiento para evitar una interrupción en tu autorización de empleo.
- Trabajar sin el EAD vigente mientras se resuelve la solicitud, lo que puede derivar en consecuencias migratorias graves, incluida la deportación o la prohibición de reingreso de 3 a 10 años.
- No dar seguimiento al estatus del caso en el portal de USCIS, lo que retrasa detectar solicitudes de evidencia adicional (RFE) que sí tienen fecha límite de respuesta.
Preguntas frecuentes
¿Qué es exactamente el EAD? El EAD (Employment Authorization Document) es el certificado oficial emitido por USCIS que autoriza a trabajar en Estados Unidos a personas que no son ciudadanas ni residentes permanentes legales. Sirve como evidencia física de la autorización de empleo y solo se emite una vez que la solicitud ha sido aprobada.
¿Puedo trabajar mientras espero la resolución de mi I-765? No, salvo que cuentes con otra autorización de empleo vigente. Trabajar sin el EAD aprobado puede tener consecuencias migratorias severas y afectar futuras solicitudes de estatus legal.
¿Cuánto cuesta el Formulario I-765 en 2026? La tarifa estándar es de US$470 si presentas la solicitud en línea o US$520 por correo. Algunas categorías, como ciertos solicitantes de asilo, tienen tarifas distintas o exenciones, así que conviene revisar tu caso específico antes de pagar.
¿Cuánto tarda en resolverse el permiso de trabajo? En 2026 los tiempos promedio superan los 6 meses para la mayoría de las categorías y pueden llegar hasta 20 meses en casos particulares. Puedes consultar el tiempo estimado de tu categoría en egov.uscis.gov/processing-times.
¿Necesito abogado para tramitar el EAD? No es obligatorio, ya que puedes presentar el Formulario I-765 tú mismo. Sin embargo, si tu caso migratorio es complejo (por ejemplo, si tienes antecedentes migratorios previos), es recomendable asesorarte con un abogado de inmigración certificado.
¿El EAD me da automáticamente una visa o residencia? No. El EAD únicamente autoriza a trabajar legalmente; no cambia tu estatus migratorio ni sustituye a una visa o a la residencia permanente, aunque en algunos casos puede tramitarse junto con otras solicitudes, como el ajuste de estatus.
¿Qué pasa si mi EAD vence antes de que llegue la renovación? Podrías quedarte sin autorización de empleo mientras se procesa la renovación, por eso USCIS recomienda iniciar el trámite hasta 180 días antes del vencimiento. Algunas categorías cuentan con extensiones automáticas mientras se resuelve la renovación; confirma si la tuya aplica.
¿Puedo apelar si me niegan el permiso de trabajo? Depende de la razón del rechazo. En muchos casos no existe una apelación directa para el I-765, pero sí es posible volver a presentar la solicitud corrigiendo el motivo del rechazo, o consultar con un abogado de inmigración sobre otras opciones según tu categoría.
Si tu objetivo final es un cambio de estatus o una visa distinta, revisa también nuestra guía para tramitar la visa de turista para Estados Unidos y, si viajas constantemente entre ambos países, la información para tramitar o renovar tu pasaporte mexicano.