Inscribir a tu empresa en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) te permite obtener la cédula de identificación fiscal que el SAT exige para operar legalmente, facturar y cumplir con tus obligaciones tributarias.
Esta identificación fiscal la presentan las personas morales: sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, asociaciones civiles, sociedades civiles, sindicatos, partidos políticos, asociaciones religiosas, sociedades cooperativas y de producción rural, entre otras figuras jurídicas que constituyen una empresa con representante legal. Si tu trámite es como persona física (por ejemplo, para actividad empresarial individual), consulta en su lugar la guía de cómo sacar tu RFC paso a paso.
Requisitos para inscribir a tu empresa en el RFC
Para la inscripción de personas morales necesitas:
| Documento | Detalle |
|---|---|
| Acta constitutiva protocolizada | Debe contener, por escrito, la clave RFC válida de cada socio, accionista o asociado |
| Comprobante de domicilio fiscal | No mayor a 3 meses de antigüedad |
| Identificación oficial del representante legal | INE, pasaporte o cédula profesional vigente |
| RFC del representante legal | Debe estar previamente inscrito en el RFC como persona física |
| Poder notarial | Cuando la representación legal no se acredite en el acta constitutiva |
| Correo electrónico y número de contacto | Vigentes, para notificaciones del SAT |
Costo del trámite
El trámite de inscripción al RFC es gratuito. No existe ningún cobro oficial por parte del SAT para inscribir a tu empresa.
Paso a paso para inscribir tu empresa en el RFC
- Ingresa al portal del SAT: www.sat.gob.mx.
- En el menú superior, selecciona la sección de Empresas, luego Trámites del RFC, después Inscripción al RFC y finalmente Preinscribe tu empresa en el RFC.
- Llena el formulario con los datos de tu acta constitutiva y confirma que toda la información capturada sea correcta.
- Al finalizar, imprime el acuse de preinscripción al RFC de la empresa.
- Completa el trámite de forma presencial en una oficina del SAT dentro de los 10 días naturales siguientes al envío de la solicitud en línea, o mediante una cita en la Oficina Virtual del SAT (videollamada) si tu caso es elegible, enviando el formato FOV-I con la documentación digitalizada.
- En la cita presencial o virtual, el SAT valida tu identidad, la de tu representante legal y la documentación de la empresa.
- Si todo es correcto, recibirás tu acuse único de inscripción al RFC, con la cédula de identificación fiscal, código de barras y código QR.
- Una vez inscrita la empresa, tramita la e.firma de la persona moral, indispensable para facturar y presentar declaraciones. Para ello necesitas presentar una memoria USB en la cita correspondiente.
Toda la documentación sobre identidad, domicilio y representación legal debe estar completa y sin alteraciones. Si el SAT detecta información incompleta, te notificará y entregará un comprobante indicando que la solicitud quedó inconclusa; tendrás un plazo para completarla y, si no lo haces a tiempo, el trámite se cancela y deberás iniciarlo nuevamente desde cero.
Obligaciones fiscales tras la inscripción
Una vez inscrita, la empresa tiene un plazo de un mes para comenzar a declarar periódicamente sus obligaciones fiscales, ya sean de pago o meramente informativas, incluyendo las que se presentan por cuenta de terceros o cuando surge la obligación de expedir un comprobante fiscal por las actividades relacionadas con la empresa.
Estas obligaciones están fundamentadas en el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, en el reglamento del Código Fiscal de la Federación (artículos 22 al 28) y en la Resolución Miscelánea Fiscal, específicamente en las reglas 2.4.5 a 2.4.15. Consulta el texto vigente de cada ejercicio fiscal en el portal oficial del SAT, ya que las reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal se actualizan cada año.
Documentos que obtienes al finalizar
- La solicitud de inscripción al RFC ante el SAT.
- El acuse único de inscripción al RFC, con la cédula de identificación fiscal, código de barras y código QR.
- En caso de solicitud inconclusa, un acuse que así lo indica, con el plazo para regularizarla.
Asociaciones en participación
Cuando una asociación en participación se inscribe en el RFC con el nombre del socio, debe citar en su denominación las siglas “A en P”. Todos los asociados de la persona representada deben estar previamente inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes. Aunque el trámite puede iniciarse por internet, siempre es necesario terminar la solicitud de registro en una oficina del SAT cercana a tu localidad.
Costos y tiempos del trámite
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Costo | Gratuito |
| Preinscripción en línea | Inmediata, genera acuse de preinscripción |
| Plazo para completar en oficina o vía Oficina Virtual | 10 días naturales tras la preinscripción |
| Resultado final | Acuse único de inscripción con cédula de identificación fiscal |
| e.firma de la empresa | Trámite posterior obligatorio para facturar y declarar |
Errores comunes al inscribir una empresa en el RFC
- No completar el trámite en oficina dentro de los 10 días naturales, lo que cancela la solicitud y obliga a empezar de nuevo.
- Presentar un acta constitutiva sin la clave RFC de cada socio o accionista, un requisito indispensable desde la reforma al Anexo 2 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
- Que el representante legal no esté inscrito previamente en el RFC como persona física.
- Registrar un comprobante de domicilio vencido (mayor a 3 meses) o que no coincide con el domicilio fiscal declarado.
- No tramitar la e.firma de la empresa después de la inscripción, lo que impide emitir facturas y presentar declaraciones a tiempo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta inscribir a mi empresa en el RFC? El trámite es completamente gratuito ante el SAT. No debes pagar a ningún gestor o tercero para realizarlo.
¿Puedo inscribir a mi empresa en el RFC totalmente en línea? Puedes iniciar la preinscripción en línea, pero debes completar el trámite de forma presencial en una oficina del SAT dentro de los 10 días naturales siguientes, o mediante la Oficina Virtual del SAT si tu caso es elegible para videollamada.
¿Qué pasa si no completo el trámite a tiempo? Si no presentas la documentación completa dentro del plazo establecido, tu solicitud de inscripción se cancela y deberás iniciar el proceso nuevamente desde cero.
¿Qué documento necesito del representante legal? El representante legal debe estar inscrito previamente en el RFC como persona física y presentar su identificación oficial vigente. Si su representación no consta en el acta constitutiva, se requiere poder notarial.
¿Es obligatorio que el acta constitutiva incluya el RFC de los socios? Sí. La normativa vigente exige que el acta constitutiva protocolizada contenga, de manera explícita y por escrito, la clave RFC de cada socio, accionista o asociado.
¿Qué trámite debo hacer después de inscribir a mi empresa? Debes tramitar la e.firma de la persona moral, necesaria para emitir CFDI, presentar declaraciones y realizar la mayoría de los trámites fiscales de la empresa ante el SAT.
¿Puedo usar la Oficina Virtual del SAT para todo el trámite? Depende del tipo de trámite y de la disponibilidad de citas: el SAT habilitó la Oficina Virtual para agendar videollamada, enviar el formato FOV-I y la documentación digitalizada, evitando así acudir presencialmente en algunos casos.
¿Qué es el acuse único de inscripción al RFC? Es el documento que confirma que tu empresa quedó registrada ante el SAT; incluye la cédula de identificación fiscal, un código de barras bidimensional (QR) y los datos generales de la persona moral.